3/9/09

objeción de conciencia al servicio militar

¿que garantía procesal tenemos los colombianos mayores de 18 años para no ser retirados y aislados de nuestras vidas comunes, y soportar los penosos caprichos de una sociedad dedicada a la guerra y donde la solución de conflictos se logra solo a través del armamentismo militar?

ésta pregunta salió a la luz después de comprobar la realidad del servicio militar obligatorio en Colombia y como en más de una vez el gobierno a desconocido principios constitucionales y vulnerado derechos fundamentales reconocidos internacionalmente en ocasión de actuar coercitivamente al extremo de meter en un camión como en una vulgar trata de personas, en las famosas barridas que hace el ejercito a lo largo del país, llevándose a jóvenes en contra de su voluntad y condiciones morales solo para servir de peón en la guerra contra nuestros hermanos.

la objeción de conciencia se presenta ante nosotros como ese derecho fundamental, que en relación con el preámbulo de la constitución y el articulo 18 de la declaración universal de los derechos del hombre, no debe llegar a desconocerse por parte de los agentes contrarios al libre desarrollo de los integrantes de la sociedad, que hoy por hoy está despertándose ante los efectos que la guerra está causando en nuestras vidas.

es un deber servir al bien común, pero este deber no puede estar por encima de la determinación individual que motiva nuestras decisiones y la libre realización de los actos.

el servicio militar obligatorio no puede estar por encima de nuestra libertad individual.

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